Código Técnico de la Edificación (CTE), RD 732/2019, de 20 de diciembre.

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Diciembre 30, 2019 por Asecener

En cuanto a las novedades en materia normativa, destacar la modificación del CTE que, estando muy presente en los foros técnicos del ejercicio 2019 será de aplicación en 2020, destacando la obligación y cumplimiento en materia de Eficiencia Energética (DB HE de ahorro de Energía), con el siguiente resumen del alcance y fechas:

  1. Es de aplicación obligatoria a las obras de nueva construcción y a las intervenciones en edificios existentes para las que, en ambos casos, se solicite licencia municipal de obras una vez transcurrido el plazo de seis meses desde su entrada en vigor, es decir a partir del 28 de junio de 2020.
  2. Es de aplicación voluntaria a las obras de nueva construcción y a las intervenciones en edificios existentes para las que, en ambos casos, se solicite licencia municipal de obras dentro del plazo de seis meses desde la entrada en vigor del presente real decreto, debiéndose comenzar dichas obras dentro del plazo máximo de eficacia de dicha licencia, conforme a su normativa reguladora, y, en su defecto, en el plazo de seis meses contado desde la fecha de otorgamiento de la referida licencia. En caso contrario, los proyectos deberán adaptarse a las modificaciones del CTE que se aprueban mediante este real decreto.

ASECENER tendrá en cuenta las exigencias en materia de eficiencia energética, especialmente en la consideración de las mejoras que se puedan y deban llevarse a cabo, en los CEE e IEE a realizar.

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