Ayudas y subvenciones a la rehabilitación en términos de eficiencia energética

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Agosto 30, 2021 por Asecener

El Ministerio de Fomento lanzó en 2018 el nuevo Plan Nacional de Vivienda 2018-2021. Dentro de este plan destacan las medidas y ayudas relacionadas con la mejora de la eficiencia energética.

En un momento en que el consumo de energía alcanza cotas históricas y la necesidad de reducir la contaminación se convierte en algo vital, aumentar la eficiencia energética de los edificios se ha colocado a la cabeza de las medidas del Gobierno. Uno de los aspectos más determinantes para aumentar la eficiencia suele ser la mejora del aislamiento térmico. Sin embargo, las nuevas tecnologías adaptadas a nivel doméstico se han colocado a la cabeza de la eficiencia energética. Hablamos de la domótica y los sistemas inteligentes, como las alarmas o los electrodomésticos. Este tipo de sistemas consiguen que una vivienda inteligente consuma entre un 25% y un 40% menos que una tradicional.

Durante este artículo hablaremos de los diferentes programas relacionados con la mejora de la eficiencia energética.

Programa de fomento de la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad en viviendas

Este programa tiene como objetivo proporcionar un marco de ayudas a la obra para mejorar la eficiencia energética y la sostenibilidad en viviendas unifamiliares y edificios tipo residencia colectiva, pudiendo beneficiarse de él o de los concesionarios, propietarios y empresas de servicios energéticos.

Entre los requisitos, se exige que la vivienda a rehabilitar esté terminada antes de 1996. Además, en el caso de viviendas en edificios, al menos el 50% de ellas debe ser la residencia habitual de sus propietarios o inquilinos. Asimismo, el 70% de la superficie construida sobre rasante, excluyendo plantas inferiores con otros usos compatibles, debe tener un uso residencial como vivienda.

Se subvencionarán acciones encaminadas a mejorar la eficiencia energética y la sostenibilidad de los edificios, como la mejora de la envolvente térmica, la instalación de nuevos sistemas de calefacción, refrigeración o producción (utilizando energías renovables). Por lo tanto, se requerirá una reducción en la demanda anual de energía global para calefacción y refrigeración. En las zonas climáticas D y E, la reducción debería llegar al 35%; en la zona climática C, 25%; y en las zonas climáticas alfa, A y B, 20%.

El monto máximo de la subvención no superará el 40% de la inversión elegible. Para las viviendas unifamiliares, el valor máximo será de 12.000 euros, prorrogables a 18.000 o 24.000 euros, en el caso de que resida en casa una persona con discapacidad. En el caso de alojamiento en edificios, la ayuda máxima será de 8.000 euros por alojamiento, prorrogables entre 12.000 y 16.000 euros por alojamiento si en él vive una persona discapacitada. Habrá incrementos de 1.000 € para los edificios declarados Bien de Interés Cultural (BIC) y de hasta un 25% para los menores de 35 años, en los municipios de menos de 5.000 habitantes. El porcentaje máximo de ayuda podría llegar al 75% de la inversión cuando la renta por vivienda sea inferior al triple del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).

Programa de fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas

A través de este programa se financiará la realización de obras de conservación, mejora de la seguridad de uso y accesibilidad universal en viviendas unifamiliares urbanas o rurales y en edificios residenciales. Podrán beneficiarse de estas ayudas administraciones y empresas públicas, sociedades cooperativas, propietarios y comunidades, empresas constructoras, arrendatarios o concesionarios de inmuebles.

Al igual que en el programa anterior, la vivienda a rehabilitar debe estar terminada antes de 1996. Asimismo, al menos el 50% de las viviendas en edificios deben constituir la residencia habitual de sus propietarios o inquilinos, y el 70% de la superficie construida sobre rasante en edificios. residencial, excluyendo las plantas inferiores con otros usos compatibles, debe tener un uso residencial como vivienda.

Se considerarán “elegibles” las acciones vinculadas a la preservación de la estructura, cimientos, cubiertas, fachadas o procesos de desescalamiento. También se considerarán subvencionables las obras de acondicionamiento interior de la vivienda en condiciones mínimas de habitabilidad, seguridad e higiene. Por último, también se subvencionarán obras para mejorar la seguridad y accesibilidad de los usuarios, como la instalación de ascensores, rampas o la instalación de elementos de comunicación electrónica entre viviendas y el exterior.

El importe máximo de la subvención no podrá superar el 40% del coste de la actuación, así como un techo que variará entre los 3.000 y los 8.000 euros por alojamiento en función de la obra a realizar. Al igual que en el programa anterior, se producirán incrementos de 1.000 € para los edificios declarados BIC y de hasta un 25% para los menores de 35 años en los municipios de menos de 5.000 habitantes. El porcentaje máximo de ayuda podría llegar al 75% de la inversión cuando la renta por vivienda sea inferior al triple del IPREM.

Programa de fomento de la regeneración y renovación urbana y rural

El agente ejecutor de las actuaciones será el beneficiario de estas ayudas, que tienen como finalidad financiar la realización conjunta de obras de rehabilitación de edificios y viviendas individuales, así como las obras de construcción de edificios y viviendas en sustitución de otras anteriormente demolidas. Para ello, las obras deberán realizarse en zonas urbanas o rurales de regeneración y renovación, previamente definidas territorialmente por la Administración correspondiente.

A través de este programa, además de las acciones incluidas en los dos programas anteriores, se subvencionarán los trabajos de adaptación a los estándares establecidos por la normativa vigente, y los trabajos de mejora de la accesibilidad y la sostenibilidad. También se incluirán la demolición y construcción de nuevos edificios siempre que tengan una calificación energética mínima B y cumplan con los requisitos del Código Técnico de la Edificación.

El importe máximo de las ayudas no superará el 40% del coste de la obra individualmente y un techo de 12.000 euros por vivienda rehabilitada. En el caso de los edificios, se añadirán 120 euros por metro cuadrado de local comercial u otros usos. Como en los casos anteriores, se producirán incrementos de 1.000 € para los edificios declarados BIC y de hasta un 25% para los menores de 35 años en los municipios de menos de 5.000 habitantes. El porcentaje máximo de ayuda podría llegar al 75% de la inversión cuando la renta por vivienda sea inferior al triple del IPREM.

Asimismo, se prevén ayudas específicas para financiar los costes de gestión, la reubicación o construcción de edificios previamente demolidos o construidos para sustituir a los barrios marginales o chabolistas. Para actuaciones de mejora de la calidad y sostenibilidad del entorno urbano, se pueden destinar hasta 2.000 euros por cada vivienda en rehabilitación y / o por cada vivienda construida.

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