30 millones para un Plan Renove en hostelería

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Marzo 7, 2018 por Asecener

El Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) y el Instituto de Crédito Oficial (ICO) han lanzado una línea de financiación de Ahorro y Eficiencia Energética para el periodo 2017-2018. El fondo destinado a tal fin es de 100 millones de euros, y estará a disposición de las distintas entidades financieras que quieran suscribirse. Del total, 70 millones se destinarán a pymes y gran empresa del sector industrial y comercial, mientras que los 30 millones restantes irán destinados a un plan renove en hostelería. 

La solicitud de los créditos debe hacerse a través de las entidades de crédito, pudiéndose obtener hasta el 100% de la inversión del proyecto (IVA excluido), con un importe máximo de 1,5 millones de euros para hostelería (tres millones en el caso de las pymes y grandes empresas del sector industrial y comercial). Los proyectos deben ejecutarse en un plazo de 12 meses tras la firma de la operación y la financiación incluye también los costes correspondientes a actuaciones preparatorias de la actuación que sean necesarias para presentar la solicitud, como: proyecto, memorias técnicas, certificado auditor energético, etc.

Podrán solicitarlas, en cuanto al sector hostelero, particulares y empresas que realicen actuaciones que figuren en el Catálogo de medidas del Plan Renove de Ahorro y Eficiencia Energética del sector de la hostelería.

Las actuaciones que figuran en este catálogo son:
• Rehabilitación energética de la envolvente del establecimiento.
• Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de climatización, ventilación y agua caliente sanitaria.
• Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.
• Renovación de las instalaciones de alumbrado, iluminación y señalización exterior.
• Renovación de generadores de frío y cámaras frigoríficas.
• Mejora de la eficiencia energética en instalaciones eléctricas.
• Implantación de sistemas inteligentes en el establecimiento existente.
• Renovación del equipamiento hostelero y de los muebles frigoríficos de conservación y congelación

Qué cubre la ayuda

Se considerarán financiables los costes que sean necesarios para conseguir la reducción del consumo de energía, que podrán incluir, además de la elaboración de los proyectos técnicos relacionados con las actuaciones previas, los costes de dirección facultativa, los costes de ejecución de la obra civil y los de montaje de las instalaciones. Asimismo, los equipos, materiales e instalaciones auxiliares necesarias, los costes de transporte, los de asistencia técnica y todos aquellos necesarios que estén vinculados directamente a la ejecución del proyecto.

Asimismo, cabe destacar que se incluyen igualmente los gastos necesarios para la legalización de las instalaciones y la obtención de las licencias requeridas en las diferentes fases del proyecto, tanto de los colegios profesionales como de las diferentes administraciones afectadas.

Dónde se puede solicitar la financiación

Estas ayudas se pueden solicitar en cualquiera de las entidades de crédito que colaboran con el ICO en este producto, que son las siguientes: Banco Cooperativo, Caja de Ingenieros, Unicaja Banco, BBVA y GlobalCaja. Una vez presentado el proyecto, la entidad de crédito y el IDAE decidirán sobre la concesión de la financiación, puesto que el riesgo de crédito de la operación se comparte al 50%.

Aun así, con anterioridad a la formalización de la operación entre el cliente y la entidad de crédito, será necesaria la aprobación previa del proyecto por parte del IDAE, que comprobará que cumple los requisitos técnicos establecidos en el Plan para recibir su garantía. Una vez concedido el crédito, el cliente podrá elegir entre el tipo de interés (fijo o variable).

Documentación a presentar

Para la aprobación de la operación el solicitante deberá aportar a IDAE a través de la entidad bancaria colaboradora, la siguiente documentación:
• Memoria descriptiva conforme al modelo publicado en web del IDAE.
• Certificado energético donde se acredite la obtención de los ahorros energéticos (térmicos y/o eléctricos) en términos de energía final derivados de la ejecución de la medida.
• Declaración responsable de otras ayudas percibidas según modelo aplicable al Reglamento de Minimis.
• Certificados de estar al corriente con las obligaciones con la Seguridad Social y Hacienda Pública.
• Declaración responsable sobre el cumplimiento de la normativa en materia medioambiental, indicando si por el proyecto a financiar está obligado a realizar estudio de Evaluación Ambiental y, en su caso, aportar dicho estudio.
• Declaración responsable sobre compromiso de justificación de la realización de la inversión.
• Presupuesto detallado de la inversión en el proyecto de eficiencia energética acompañado de ofertas de mercado que lo justifiquen (al menos 3).

Comisiones y gastos

La Entidad de Crédito podrá establecer una comisión al inicio de la operación. El coste para el cliente de esta comisión más el tipo de interés, no podrán superar la TAE máxima que la Entidad de Crédito puede aplicar a la operación en función de su plazo. Además, podrá aplicarse una comisión de amortización anticipada voluntaria que será del 2,50% sobre el importe cancelado cuando la vida residual de la operación sea superior a un año y del 2% cuando esta sea inferior o igual a un año. En caso de amortización anticipada obligatoria habrá una penalización del 3% sobre el importe cancelado.

Vigencia

Se podrán formalizar operaciones con la Entidad de Crédito hasta el 17 de diciembre de 2018, siempre que los fondos no se hubieran agotado con anterioridad.

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