Preguntas básicas acerca del Certificado de Eficiencia Energética.

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Mayo 8, 2013 por Asecener

Algunas de las preguntas básicas que nos podemos hacer en materia de eficiencia energética de viviendas son las siguientes:

¿Qué es el Certificado de Eficiencia Energética?
La eficiencia energética de un edificio establece el consumo de energía que se estima necesario para satisfacer la demanda energética de dicho edificio en unas condiciones normales de funcionamiento y ocupación. Su calificación la debe realizar un técnico competente para determinar, de acuerdo a la metodología de cálculo, su etiqueta de eficiencia energética. Este proceso conlleva finalmente a la obtención de su Certificado correspondiente.

¿Qué es la etiqueta de eficiencia energética?
La información de este Certificado se resume en una etiqueta energética. Es similar a la que estamos habituados a ver en los electrodomésticos. Con un código de color clasifica los inmuebles según una escala que va de la categoría más alta, la “A” (menor consumo), a la más baja, la “G” (mayor consumo).

 

¿Cuándo entra en vigor?

El viernes 5 de abril de 2013, el Consejo de Ministros aprobó el Proyecto de Real Decreto por el que se aprueba el procedimiento básico para la Certificación de la Eficiencia Energética de los Edificios. Por tanto, los edificios, viviendas y locales de obra nueva, y los de segunda mano que se vayan a vender o alquilar, deberán tener obligatoriamente el Certificado de Eficiencia Energética a partir del 1 de junio de 2013.

¿Qué normativa lo regula?

La Certificación de Eficiencia Energética de los Edificios es una exigencia derivada de la Directiva 2002/91/CE.

En lo referente a Certificación Energética, esta Directiva se transpone parcialmente al ordenamiento jurídico español a través del Real Decreto 47/2007, de 19 de enero, por el que se aprueba el procedimiento básico para la Certificación de Eficiencia Energética de edificios de nueva construcción.

Para los edificios existentes existe un Proyecto Real Decreto por el que se aprueba el procedimiento básico para la Certificación de la Eficiencia Energética de los Edificios Existentes.

A día de hoy estamos pendientes de la aprobación a través del BOE del Real Decreto por el que se aprueba el procedimiento básico para la Certificación de la Eficiencia Energética de los Edificios. Así se derogará el actualmente vigente para obra nueva (Real Decreto 47/2007, de 19 de enero) y se unificará en uno solo que regule obra nueva y edificios existentes.

¿Qué plazo de validez tiene?

La Certificación de Eficiencia Energética tendrá un plazo de validez de 10 años.

 

 

 

 

 

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